¿Cuáles son los requisitos básicos para obtener una visa de residencia por arraigo familiar si soy madre/padre de un nacional español o comunitario?

Si tienes un hijo menor de edad comunitario o prestas apoyo a una persona con discapacidad de nacionalidad española para el ejercicio de su capacidad jurídica, puedes optar por esta visa

  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Impreso  de solicitud en modelo oficial (EX-10) por duplicado, debidamente cumplimentado y  firmado por el extranjero.
  • Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
  • Documentación acreditativa del vínculo familiar y la nacionalidad.
  • Certificado de nacimiento del menor de nacionalidad española en el que conste el vínculo familiar y la nacionalidad española de dicho menor.
  • Certificado de nacimiento del hijo menor de edad comunitario.
  • Documentación de estar al corrientes de tus obligaciones paternofiliales si no convives con tu hijo.
  • Abonar la tasa 790 código 052

Cualquier documento que sea expedido fuera de España deberás legalizarlo o apostillado y si es necesario traducirlo a través de traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Cooperación y Unión Europea.

Se recomienda que no tarde demasiado en presentarla dado que el plazo de resolución de la solicitud: 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. 

Asimismo, la concesión de la autorización de residencia lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena o propia en España. La autorización concedida tendrá una vigencia de cinco (5) años y a su término se podrá solicitar autorización de Residencia de larga duración.