¿Cuánto tiempo se requiere para solicitar Nacionalidad Española por Residencia?

Para solicitar la nacionalidad española por residencia hay que cumplir los tiempos previstos en la ley

  • Diez años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas con residencia legal y continuada en España de carácter general según el código civil.
  • Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
  • Dos años: para los nacionales de países hispanoamericano (como Venezuela), Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • Un año:
      • El que haya nacido en territorio español.
      • El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
      • El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho, o judicialmente.
      • El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
      • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
      • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.