Los diferentes modos de adquisición de la Nacionalidad Española son:
- Nacionalidad por origen.
- Nacionalidad por opción.
- Nacionalidad por simple presunción.
- Nacionalidad por carta de naturaleza.
- Nacionalidad por residencia:
- Para personas que tienen una residencia legal continuada en España por:
- 10 años en términos generales.
- 5 años para personas con estatus de refugiados.
- 2 años para ciudadanos hispanoamericanos.
- 1 año:
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- Descendientes españoles de origen.
- Conyugues o viudos de ciudadanos españoles.
- Nacidos en territorio español.
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- Para personas que tienen una residencia legal continuada en España por:
Solicitud de nacionalidad fuera de España:
- Puedes solicitar la nacionalidad si eres hijo de español de origen. Esta solicitud se hace ante el Consulado.
- Nacidos de padres que han adquirido nacionalidad española, para ellos se deben tener menos de 18 años. En este caso aplica: Nacionalidad española por opción.