¿Qué es el arraigo social y cuáles son sus requisitos?

Tu permanencia continuada en España por mínimo de tres años será el requisito principal para aplicar a este tipo de residencia

El término "arraigo social" en verdad se refiere a un tipo de autorización de residencia temporal que se concede por razones de arraigo social. Para optar por este tipo de residencia temporal debes cumplir las siguientes condiciones:

  • Acreditar tu permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años. Por ejemplo: el comprobante de empadronamiento, de una consulta médica en la sanidad pública, etc.
  • Carecer de antecedentes penales en España y Venezuela (o el último país de residencia).
  • Contar con un contrato de trabajo, puede ser indefinido o temporal y no se establece un perìodo mínimo requeridode vigencia para dicho contrato. Podrás aportar un contrato temporal de 6 meses o incluso de menor duración.
  • El salario fijado en el contrato de trabajo, debe ser al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, según sea el caso, en el convenio colectivo aplicable, y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a 30 horas semanales.
  • Es también permitido aportar un contrato de trabajo de 20 horas semanales cuando tenga a cargo menores de edad o personas que precisen medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica. En estos casos es posible aportar una ofera de empleo de 20 horas semanales fijando, eso sí, la parte proporcional del salario mínimo interprofesional o el establecido en el convenio colectivo aplicable.
  • La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe de arraigo que acredite tu integración social, emitido por la Comunidad Autónoma de tu domicilio.

Además de las condiciones deberás aportar estos requisitos: 

  • Impreso oficial de solicitud de arraigo familiar por duplicado (EX–10), debidamente rellenado y firmado por el extranjero interesado. Puedes descargar el impreso aquí.
  • Copia completa del pasaporte con una vigencia mínima de 4 meses.
  • 3 fotografías recientes en color, en fondo blanco y tamaño carné.

  • Documentación que acredite tener medios de vida suficientes para la manutención.

Para mayor información puedes consultar la página web del Ministerio del Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.