Serás un solicitante de asilo y por ende "titular de protección subsidiaria", si tu solicitud no ha sido resuelta de forma definitiva
El asilo es la protección ofrecida por un Estado a determinadas personas cuyos derechos fundamentales se encuentran amenazados. Es un derecho humano internacional recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención de Ginebra, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2007, la Constitución Española y en la Ley de Asilo.
Al hablar de asilo, usualmente nos referimos a la protección subsidiaria que se otorga al extranjero que pueda estar incurso en alguno de los supuestos en los que sea perseguido o amenazado en su país por su condición sexual, política o religiosa, o porque huye de conflictos.
Es importante que tengas en cuenta que "protección internacional" es un término más amplio, que engloba tanto el refugio como la protección subsidiaria.
No debes confundir los términos solicitante de asilo/protección internacional y refugiado ya que “solicitante de asilo” es la persona que solicita el reconocimiento de la condición de refugiada y cuya solicitud todavía no ha sido resuelta de forma definitiva. Y "refugiado" es el estatus que adquieres una vez que aprueben tu solicitud.
Toda persona que solicite el asilo debe seguir un proceso para obtener la protección internacional el cual variará dependiendo de la vía por la que lo solicites, bien sea en puesto fronterizo (aeropuerto/marítimo) o terrestre (una vez en España).